Por el cual se adiciona el artículo 2.3.2.2.2.9. y se modifica el artículo 2.3.2.2.3.2. del Decreto 1 070 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, en el sentido de establecer las condiciones técnicas y requisitos que deben cumplir las Institucíones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS para la práctica del examen médico de aptitud psicofísica de las personas aturales vinculadas a los servicios de vigilancia y seguridad privada que deban portar o tener armas de fuego.