
Exclusiones
La presente póliza no ampara las pérdidas que sufra la entidad asegurada como consecuencia de:
- Mermas o daños que sufran los bienes o valores por cualquier causa natural, salvo si se probare dolo o culpa grave de alguno de los servidores públicos cuyo cargo se ampara.
- Mermas o daños que sufran los bienes o valores por incendio, explosión, erupciones volcánicas, temblores de tierra o cualquier otra convulsión de la naturaleza, guerra civil e internacional, huelgas, asonadas, motines, movimientos subversivos, y en general, conmociones populares de cualquier clase. Igualmente, cualquier delito o faltante fiscal de los cubiertos por esta póliza, en que incurra uno o varios servidores públicos al amparo de situaciones creadas por los eventos especificados en el párrafo anterior.