
Exclusiones
Exclusiones el asegurador no será responsable de ninguna pérdida en relación con cualquier reclamo y/o con cualquier investigación formal en contra de un asegurado:
- Mala fe o dolo: basado en, relacionado con, o como consecuencia directa o indirecta de, cualquier acto, omisión o incumplimiento intencionado de cualquier ley o norma vigente en que haya intervenido mala fe o dolo del asegurado, si una sentencia definitiva establece que existió mala fe o dolo en dicho acto, omisión, o incumplimiento.
- Retribuciones improcedentes basado en, relacionado con, o como consecuencia directa o indirecta de, la obtención por parte de cualquier asegurado de cualquier beneficio, remuneración, retribución, indemnización o cualquier otra ventaja financiera a la que tal asegurado no tenía legalmente derecho; con respecto a las exclusiones anteriores a. y b. Queda póliza de responsabilidad civil para servicios misceláneos convenido que:
- Ningún acto, omisión o incumplimiento intencionado cometido por un asegurado será imputado a otro asegurado.
- El asegurador adelantará, sujeto a los términos y condiciones de esta póliza, secciones 10 y 13, los gastos de defensa y/o gastos de representación legal.
- Solamente hechos relacionados con, o conocimiento poseído por cualquier pasado, presente o futuro representante legal de cualquier sociedad asegurada será imputado a cualquier sociedad asegurada para determinar la cobertura.
Consulta todas las exclusiones en el Clausulado.